Desde el 13 de febrero de 2026, la Ley 21.368 sobre plásticos de un solo uso entró en su etapa final de implementación para bares, restaurantes y locales de expendio de alimentos en Chile.
Para la hospitalidad, la Ley 21.368 en bares y restaurantes no es un gesto ambiental simbólico. Es una norma que modifica la operación diaria: redefine qué se puede entregar en sala, qué está permitido en delivery, qué significa “plástico certificado” y cómo se fiscaliza.
El punto estructural: consumo dentro no es lo mismo que consumo fuera
La Ley 21.368 establece una diferencia clave que muchos locales aún no terminan de internalizar: el consumo dentro del establecimiento, incluidas terrazas y patios de comida, tiene una exigencia más estricta que el consumo fuera.
En sala, la regla es clara: no se pueden entregar plásticos de un solo uso. Esto obliga a que el servicio se sostenga sobre elementos reutilizables o materiales permitidos distintos del plástico.
En cambio, en retiro o delivery, la Ley 21.368 permite el uso de ciertos desechables valorizables distintos del plástico y también plástico certificado conforme al reglamento vigente. Aquí la exigencia no desaparece, pero cambia su naturaleza: ya no es prohibición absoluta, sino control de material y entrega bajo condiciones.
Plástico certificado: el detalle que define el riesgo
Uno de los conceptos más malinterpretados de la Ley 21.368 es el de “plástico certificado”. No basta con que el proveedor lo describa como biodegradable o compostable. La norma exige que cumpla requisitos técnicos específicos, incluyendo porcentaje mínimo de origen renovable y condiciones de compostabilidad definidas en el reglamento.
Desde la gestión, esto significa que el área de compras debe exigir respaldo documental. La trazabilidad no es un formalismo; es la diferencia entre cumplimiento y multa.
Cuando la ley se fiscaliza, el argumento “el proveedor dijo que era compostable” no es defensa suficiente.
Multas y fiscalización: dimensión real del incumplimiento
La Ley 21.368 en bares y restaurantes es fiscalizada por las municipalidades. Las sanciones pueden ir entre 1 y 5 UTM por cada producto entregado en incumplimiento.
Este punto cambia la conversación. No se trata de una sanción global por local, sino de una multa que puede escalar por unidad. En operaciones de alto volumen, el riesgo es acumulativo.
Por eso el cumplimiento no puede depender de la buena voluntad individual de cada turno. Debe estar integrado en protocolo.
Ajuste operativo: menos improvisación, más estándar
Aplicar la Ley 21.368 con criterio no significa llenar la barra de avisos o moralizar el servicio. Significa ordenar la operación en tres niveles.
Primero, las compras. El bar debe tener claridad sobre qué materiales utiliza en sala y cuáles en delivery, diferenciando reutilizable, valorizable y plástico certificado. La confusión de inventario suele ser la primera fuente de error.
Segundo, la capacitación. El equipo debe comprender por qué dentro del local no se pueden entregar plásticos de un solo uso, y por qué ciertos implementos solo se entregan a solicitud en consumo fuera. Cuando el equipo entiende la lógica, deja de verlo como capricho administrativo. Además, es la ley.
Tercero, el control de costos. Migrar hacia más reutilizable puede aumentar carga de lavado y quiebre de cristalería, mientras que eliminar extras automáticos reduce gasto invisible. La Ley 21.368 también impacta el ticket promedio si no se gestiona con precisión.
El cumplimiento profesional no es el que reacciona a la fiscalización, sino el que integra la norma al estándar de servicio.
Contexto ambiental y dimensión de impacto
Diversas organizaciones han estimado que la implementación completa de esta normativa podría prevenir decenas de miles de toneladas anuales de plásticos de un solo uso generados en locales de expendio de alimentos.
Más allá de la cifra, para bares y restaurantes la Ley 21.368 es hoy una variable operativa concreta. Su impacto no está en la declaración, sino en la ejecución diaria.
La Ley 21.368 en bares y restaurantes no es un cambio cosmético ni una tendencia pasajera. Es una norma vigente que redefine el estándar de servicio.
Separar consumo dentro y fuera, exigir certificación cuando corresponda y profesionalizar compras y capacitación son las acciones que reducen riesgo inmediato.
En hospitalidad, cumplir la ley no es opcional. Es parte del estándar.
Fuente: Ministerio del medio ambiente