Cuando la etiqueta se convierte en evidencia
La discusión sobre la autenticidad del tequila alcanzó una nueva escala este 2025.
El 5 de mayo, tres consumidores —entre ellos dos particulares y un restaurante de inspiración japonesa— presentaron en Nueva York una demanda colectiva contra Diageo North America, acusando a la compañía de vender tequilas que no serían íntegramente de agave azul, pese a llevar el rótulo “100% agave”.
El reclamo se centra en dos de las marcas más reconocidas del portafolio global del grupo: Don Julio y Casamigos, esta última creada originalmente por George Clooney y adquirida por Diageo en 2017.
Según los demandantes, los análisis independientes habrían detectado trazas de alcoholes provenientes de otras fuentes vegetales, como caña o maíz, lo que —de confirmarse— contravendría la norma mexicana que protege la Denominación de Origen Tequila.
La empresa, por su parte, niega de manera categórica la acusación, calificándola de “infundada” y carente de sustento científico o legal.
La escalada judicial
Lo que comenzó en la costa Este se replicó rápidamente. En cuestión de días aparecieron demandas similares en California y Florida, bajo argumentos casi idénticos, y hacia agosto ya se habían sumado ocho nuevos demandantes de distintos estados. En respuesta, Diageo solicitó la desestimación del caso ante el Tribunal del Distrito Sur de Florida, alegando que las acciones se basan en pruebas insuficientes y replican un patrón de “demandas copia” frecuentes en la industria del consumo masivo estadounidense.
La compañía sostiene que la evidencia presentada se reduce a dos muestras aisladas, analizadas por un laboratorio europeo sin validación reconocida para bebidas espirituosas.
Según su defensa, los resultados carecen de trazabilidad, metodología transparente y datos completos.
En palabras de un vocero de la empresa, “basar una demanda nacional en un test no verificado equivale a concluir que la Tierra es plana porque alguien midió un terreno nivelado”.
Qué regula realmente el “100 % agave”
Más allá del ruido mediático, la discusión tiene raíces técnicas. El tequila está protegido desde 1974 por una Denominación de Origen (DO) mexicana, que limita su producción a cinco estados del país y exige la utilización exclusiva del agave tequilana Weber variedad azul.
El cumplimiento se fiscaliza mediante la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI, que especifica procesos, composiciones y etiquetado.
Toda marca debe exhibir un número NOM, correspondiente a la planta certificada donde se destila, y someterse a controles anuales del Consejo Regulador del Tequila (CRT).
En paralelo, para comercializarse en Estados Unidos, el producto requiere la aprobación del Alcohol and Tobacco Tax and Trade Bureau (TTB).
Esto significa que solo un destilado elaborado, embotellado y certificado en territorio mexicano puede portar legítimamente la mención “100 % agave”.
Cualquier irregularidad sistemática habría dejado rastro en auditorías, certificados o inspecciones de exportación —algo que, hasta el momento, no se ha documentado.
Las acusaciones y sus fuentes
El expediente presentado por los demandantes cita artículos de prensa especializada y denuncias públicas de agricultores de agave que acusan prácticas de adulteración en el sector.
Entre las referencias aparecen blogs y foros donde se cuestionan los posibles excesos industriales y el uso de aditivos.
Sin embargo, ninguna de esas publicaciones nombra directamente a Diageo ni a sus marcas.
Los querellantes aseguran que, de haber conocido la supuesta composición real, no habrían comprado las botellas o habrían pagado un precio menor.
El monto reclamado supera los cinco millones de dólares e incluye una petición de medidas cautelares para impedir futuras “prácticas engañosas” en el etiquetado.
La respuesta de Diageo
En su defensa, el grupo con sede en Londres recalca que todas sus operaciones están bajo certificación del CRT y que cada lote exportado cuenta con un certificado de autenticidad individual.
Añade que sus tequilas se producen bajo uno de los sistemas de control más estrictos de la industria y que ninguna agencia reguladora —mexicana o estadounidense— ha reportado anomalías.
El documento presentado ante el tribunal califica la demanda como “un ejercicio especulativo construido sobre resultados incompletos” y subraya que no existe evidencia de fallas de proceso, denuncias internas ni investigaciones oficiales en curso.
Paralelos y resonancias en Latinoamérica
El debate sobre la autenticidad no es exclusivo de México. Las denominaciones de origen latinoamericanas enfrentan desafíos semejantes:
En Chile y Perú, el Pisco mantiene una disputa histórica sobre nombre y delimitación.
En Brasil, la Cachaça debió negociar su reconocimiento internacional frente al término “rum”.
En Bolivia, el Singani consiguió en 2023 el estatus de indicación geográfica en Estados Unidos.
En todos los casos, el desafío común es sostener procesos transparentes y narrativas creíbles frente a consumidores cada vez más informados.
El tribunal estadounidense decidirá si el caso continúa o se archiva. Pero en el plano simbólico, la sentencia ya se pronunció: la confianza se ha transformado en el ingrediente más escaso del mercado de los destilados.